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Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos.

Actualizado: 16 nov 2020

Aquí analizamos el paso a paso y los requisitos para obtener el "crédito a tasa cero", una de las medidas implementadas a nivel nacional para aliviar los efectos provocados por la pandemia. El plazo para solicitarlo vencía el 30 de junio y fue prorrogado por 30 días.


Cómo obtenerlo

El trámite se debe iniciar a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Habrá tiempo hasta el 31 de julio de 2020.


El link del sitio es http://www.afip.gob.ar. Se debe ingresar con clave fiscal Nivel 2.

Al ingresar al sitio se podrá confirmar si califica para ser beneficiario y el monto máximo al que se puede acceder. Luego, el beneficiario deberá indicar la tarjeta de crédito donde desea recibir el crédito. Son la AFIP y el BCRA, una vez autorizado, quienes informan a cada Banco los créditos a otorgar. Si no se tiene tarjeta ni clave bancaria, habrá que acercarse a una sucursal bancaria con turno previo de acuerdo las instrucciones que surgen al solicitarlo.


¿En qué consiste y quiénes pueden acceder?


A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 332/20 se dispuso un programa de crédito a tasa cero para las personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, monotributistas y autónomos alcanzados por las disposiciones establecidas en dicho decreto y en las normas complementarias.

El plazo que vencía el 30 de junio para solicitarlo, se extendió hasta fin de julio en el marco de la continuidad del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y Producción (ATP), dispuesto mediante la Decisión Administrativa 1133/20 de la Jefatura de Gabinete publicada el 27 de junio en el Boletín Oficial.


Condiciones del préstamo

  • El monto del crédito otorgado se acreditará en tres cuotas fijas consecutivas en la tarjeta de crédito.

  • Podrá ser usado para cualquier tipo de consumo con la tarjeta de crédito. No puede obtenerse ni retirarse en efectivo.

  • La devolución se hará en doce cuotas, con 3 meses de gracia contados a partir del último desembolso (es decir, que hay 6 meses de gracia desde que se percibe la primera cuota y se comienza a abonar la cuota). El "pago mínimo" de la tarjeta incluirá la cuota del crédito.

  • La tasa efectivamente será de cero y no se deben aplicar cargos de emisión.

  • Si la tarjeta tuviera una deuda será cancelada con el monto acreditado.

  • Hasta la cancelación, el beneficiario del préstamo no podrá adquirir Moneda Extranjera para atesoramiento o ayuda familiar, o realizar operaciones en el mercado bursátil.

  • El crédito surgirá en el resumen de la Tarjeta de Crédito en forma discriminada.

  • El crédito cuenta con garantía del Fondo de Garantía Argentia (FOGAR).

Monto del préstamo


El monto máximo es de $150.000 y lo determina la AFIP.

Según ha trascendido, el promedio de los créditos otorgados es de $100.000. La financiación es de hasta $150.000 para las categorías D en adelante, de hasta $104.370 para la categoría C, de hasta $78.277 para la categoría B y de hasta $52.184 para la categoría A de Monotributo.

El importe del crédito autorizado por AFIP no podrá ser modificado por la entidad bancaria.

Según la afip se iniciaron en Junio 70.000 trámites.


Requisitos

Como indicamos, AFIP es quien determina si el solicitante está habilitado. Pero entre los requisitos para acceder figuran los siguientes.


Para monotributistas:

  • Estar inscripto en cualquier categoría.

  • Tener domicilio fiscal electrónico.

  • No tener situación crediticia mayor a 2. La situación de cada contribuyente se puede consultar en la web del BCRA.

  • Percibir ingresos en relacion de dependencia o jubilación.

  • No integrar el directorio de sociedades anónimas.

  • Que la facturación electrónica entre 12 de marzo y 12 de abril no sea inferior al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría.

Para autónomos:

  • No estar adherido al régimen simplificado de pequeños contribuyentes.

  • Que la facturación electrónica entre 12 de marzo y 12 de abril no sea inferior al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría.

  • No integrar sociedades comerciales.

  • Situación crediticia mayor a 2.

  • Tener domicilio fiscal electrónico.

Otras medidas del programa ATP

Además del "crédito a tasa cero", hay algunas otras medidas en el Programa ATP que, de obtenerlas, pueden ser útiles para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.


Desde el 26 de junio hasta el 3 de julio podrán ingresar el pedido de asistencia para el pago de los salarios y contribuciones del mes de junio, según lo previsto en los incisos a) y b) del artículo 2 del Decreto No 332/20 y sus modificatorias. Así lo dispuso la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros 1133/20.


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